En las elecciones, pese al llamado de las autoridades, no siempre los candidatos o sus partidos juegan limpio. No siempre pasa, pero para ganar, en ocasiones cometen delitos electorales.
¿Qué son y cómo los puedes identificar?
Los delitos electorales son el tipo de acciones u omisiones que perjudican o ponen en peligro el desarrollo justo de la función electoral y ponen en peligro las características del voto que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible.
¿Quiénes pueden cometer delitos electorales?
Los delitos electorales pueden ser cometidos por cualquier tipo de persona, no importa su cargo ya que va desde funcionarios electorales, funcionarios partidistas, precandidatos, candidatos, servidores públicos, organizadores de campañas y ministros de culto religioso.
En el ámbito Federal, la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE) es la autoridad encargada de investigar y perseguir los delitos electorales para garantizar tus derechos.
Cualquier persona puede cometer un delito electoral cuando:
- Recoja en cualquier tiempo, sin causa prevista por la ley, una o más credenciales para votar de los ciudadanos.
- Presione a otro mediante amenaza, a asistir a eventos proselitistas, a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos de las elecciones.
- Amenace con suspender los beneficios de los programas sociales.
- Organice la reunión o el transporte para llevarte a votar y te digan por quién votar.
- Solicite la evidencia de tu voto.
- Se apodere, destruya, altere, posea, use, adquiera, venda o suministre de manera ilegal, en cualquier tiempo, materiales o documentos públicos electorales.
- Obstaculice o interfiera el traslado y entrega de los paquetes y documentos públicos electorales.
- Vota más de una vez en una misma elección.
- Solicita tu voto a cambio de paga u otra recompensa.
- Recoge o retiene tú credencial para votar o la de otros ciudadanos.
- Se hace pasar por un funcionario de casilla.
Un servidor público puede cometer un delito electoral cuando:
- Amenace a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas de precampaña o campaña, para que voten o se abstengan de votar por un candidato, partido político o coalición.
- Destine, utilice o permita la utilización, de manera ilegal de fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición.
- Proporcione apoyo o preste algún servicio a un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sea que lo haga por sí mismo o a través de sus subordinados, en sus horarios de labores.
- Solicite a sus subordinados, por cualquier medio, aportaciones de dinero o en especie para apoyar a un precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política.
- Coaccione, induzca o amenace a sus subordinados para que voten o se abstengan de votar por una opción dentro de la consulta popular.
En caso de ser un funcionario electoral, puede cometer un delito cuando:
- Altere en cualquier forma, sustituya, destruya, comercialice o haga un uso ilícito de documentos relativos al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Lista de Electores.
- Se abstenga de cumplir, sin causa justificada, con las obligaciones propias de su cargo, en perjuicio del proceso electoral.
- Obstruya el desarrollo normal de la votación sin mediar causa justificada.
- Altere los resultados electorales, sustraiga o destruya boletas, documentos o materiales electorales.
- No entregue o impida la entrega oportuna de documentos o materiales electorales, sin mediar causa justificada.
- Induzca o ejerza presión, en ejercicio de sus funciones, sobre los electores para votar o abstenerse de votar por un partido político, coalición o candidato.
- Instale, abra o cierre una casilla fuera de los tiempos y formas previstos por la ley de la materia, la instale en lugar distinto al legalmente señalado, o impida su instalación.
- Expulse u ordene, sin causa prevista por la ley, el retiro de la casilla electoral de representantes de un partido político o de candidato independiente u observadores electorales legalmente acreditados o impida el ejercicio de los derechos que la ley les concede.
Recuerda que el voto es libre y secreto y nadie debe involucrarse en tu decisión.
Fuente de Información: Gobierno de México.